Una familia había entregado $17.000 en 2006 para reservar un departamento, pero la operación nunca llegó a concretarse. Ahora, un juzgado civil de La Plata ordenó devolver más de $10 millones, calculados a valores actuales, más intereses y gastos.

El problema surgió porque, al momento de la reserva, el inmueble estaba dentro de un proceso sucesorio y todavía no había declaratoria de herederos. Según determinó la Justicia, la inmobiliaria debía haber informado correctamente esa situación antes de avanzar con la operación.

La operación que nunca llegó a concretarse

El acuerdo se firmó en 2006 mediante una reserva ad referéndum de la propietaria. El precio pactado por el departamento era de $76.500 y la familia entregó $17.000 como reserva, una suma equivalente al 22,22% del valor del inmueble.

La compra del departamento se hizo a través de una inmobiliaria. (Foto: Pexels)
La compra del departamento se hizo a través de una inmobiliaria. (Foto: Pexels)

Con el paso del tiempo, la escritura no pudo realizarse. La parte compradora sostuvo que recién después descubrió que el inmueble estaba sujeto a una sucesión y que todavía no existía una declaración que reconociera formalmente a los herederos.

El martillero, en cambio, sostuvo que los compradores conocían la situación sucesoria y que incluso habían pedido avanzar mediante un tracto abreviado para acelerar la operación. Sin embargo, los herederos negaron haber firmado la reserva o haber recibido el dinero.

Qué resolvió la Justicia

La jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 5 de La Plata, Fabiana Coradi, consideró que existió una relación contractual entre la familia y el martillero y que el profesional incumplió las obligaciones propias de su actividad. En particular, cuestionó la falta de información clara y precisa sobre la situación legal del inmueble.

La Justicia fijó una indemnización. (Imagen ilustrativa generada con IA)
La Justicia fijó una indemnización. (Imagen ilustrativa generada con IA)

Por eso, ordenó restituir el dinero entregado, aunque rechazó que correspondiera devolver el doble de la suma. El tribunal entendió que jurídicamente no se trató de una “seña” en sentido estricto, sino de un monto entregado como reserva.

La condena quedó fijada en $10.527.000, calculados al 10 de mayo de 2024, más intereses. También deberán restituirse los gastos y las costas del juicio estarán a cargo del martillero.

La Justicia, además, rechazó los reclamos por daño moral, lucro cesante y otros perjuicios porque no fueron acreditados de manera suficiente.