
Una mujer de 77 años obtuvo un fallo favorable en la demanda que inició contra su odontólogo por un tratamiento de implantes que derivó en una serie de complicaciones de salud. El Juzgado en lo Civil y Comercial n.º 3 de Tandil condenó al profesional a pagar más de 15 millones de pesos y más de 8000 dólares en concepto de reparación por los daños y perjuicios sufridos en el proceso.
La demanda se originó tras un extenso tratamiento odontológico que comenzó en 2013 en un consultorio de la ciudad de Tandil. La reclamante, que acudió inicialmente por problemas en piezas dentarias y caries, terminó bajo un plan integral de implantes y prótesis ofrecido por el profesional. El procedimiento incluyó la extracción total de piezas, la confección de prótesis provisorias y luego definitivas, todo bajo la promesa de una solución estética y funcional.
Según consta en el expediente, los primeros inconvenientes surgieron poco después de las primeras intervenciones. Las prótesis provisorias no se adaptaron correctamente, generando molestias, dificultades para alimentarse y cambios notorios en la apariencia facial. El profesional hizo modificaciones y encargó ajustes a una mecánica dental, pero la paciente nunca logró una adaptación adecuada ni recibió la prótesis definitiva inferior.

La relación entre la paciente y el odontólogo se tensó a raíz de estos resultados. La paciente afirmó que realizó pagos por adelantado, tanto en pesos como dólares, sin recibir comprobantes, y denunció que debió afrontar costos adicionales no previstos en el presupuesto verbal inicial. El consultorio dejó de responder a sus pedidos de turno y asistencia, lo que agravó el cuadro.
El cuadro clínico empeoró en 2017, cuando la mujer empezó a experimentar trastornos auditivos, glandulares y visuales. Solo tras consultar a nuevos especialistas y realizarse estudios, se detectó que las neuralgias y otros síntomas tenían relación con la mala colocación de los implantes. Un odontólogo especializado corroboró infecciones importantes y la necesidad de realizar un nuevo tratamiento integral que incluyó la extracción de todos los implantes, injertos óseos y la colocación de nuevas prótesis, con un costo superior a los 8000 dólares.
La sentencia subrayó que el odontólogo demandado no aportó la historia clínica completa ni los comprobantes que se le exigieron durante el proceso. Tampoco entregó documentación que respaldara el uso de los materiales prometidos o los estudios previos a las intervenciones. Esta falta de colaboración fue considerada un serio indicio en su contra.

El fallo distingue entre la responsabilidad por el diagnóstico y la ejecución de los procedimientos, que corresponde a una obligación de medios, y la confección y entrega de prótesis, que se califica como obligación de resultado. En este último aspecto, el juzgado consideró incumplido el contrato, dado que la paciente no solo no recibió la prótesis inferior definitiva, sino que las colocadas resultaron defectuosas y causaron múltiples perjuicios.
La jueza analizó el testimonio del odontólogo que realizó la reparación, así como la historia clínica y los informes periciales. Se determinó que los implantes originales estaban mal ubicados, algunos sin respetar distancias mínimas, otros introducidos en zonas anatómicamente inadecuadas, lo que provocó infecciones, pérdidas óseas y movilidad de las piezas.
En el fallo se detalló que la mujer atravesó un extenso proceso de recuperación, debió someterse a nuevas cirugías, portar prótesis provisorias durante más de un año y afrontar el costo de la rehabilitación integral, además de experimentar un trastorno de estrés postraumático y daños a su vida social y laboral.

El juzgado rechazó la excepción de prescripción opuesta por la aseguradora, al considerar que el plazo para demandar comenzó cuando la mujer tomó conocimiento efectivo del daño y su origen, lo que sucedió recién en 2019, tras el diagnóstico de los nuevos especialistas.
Respecto al reclamo de la aseguradora sobre el límite de cobertura, el tribunal aplicó la doctrina de la Suprema Corte bonaerense que obliga a actualizar el monto asegurado desde la fecha del hecho hasta la sentencia, utilizando el Índice de Precios al Consumidor. De este modo, la suma de cobertura no queda congelada y se preserva el valor real del seguro.
La reparación reconocida por el tribunal incluye el costo de la rehabilitación bucal, los estudios y consultas médicas necesarios para el diagnóstico y la resolución del cuadro, así como una indemnización por daño moral. El fallo estableció que la mujer debe ser indemnizada con 15.473.000 pesos y 8.224 dólares estadounidenses, más intereses, y ordenó que la aseguradora cubra hasta el monto actualizado de la póliza.

La sentencia subraya la importancia de que los profesionales de la salud mantengan registros completos y actualizados de la atención brindada, ya que la ausencia de documentación puede jugar en su contra en caso de reclamos judiciales.
En su resolución, la jueza recordó que la prestación odontológica incluye tanto una obligación de diligencia y pericia como, en ciertos aspectos, una obligación de resultado, especialmente en la entrega de prótesis. El incumplimiento en cualquiera de estos puntos puede dar origen a una condena por daños y perjuicios.
El fallo también rechazó que la paciente deba ser resarcida por el total de los pagos realizados al primer odontólogo, al entender que ello implicaría un enriquecimiento indebido. Solo se reconocieron los gastos necesarios para la reparación del daño y la restitución de la situación patrimonial afectada.
En cuanto a los intereses, la sentencia dispuso que las sumas en dólares devengarán los intereses de la tasa pasiva del Banco Provincia desde las fechas de cada erogación, y los montos en pesos, la tasa pasiva digital hasta el pago efectivo. Las costas del proceso fueron impuestas al profesional condenado y a la aseguradora en la proporción correspondiente.




