Entrevista completa

En la última emisión de su microprograma radial, el Dr. Luis Pizarro abordó un tema tan recurrente como debatido dentro del sistema judicial: los delitos de bagatela. Se trata de aquellas infracciones o robos menores —como el hurto de un chocolate en un supermercado o el daño a un cartel— donde la lesión al bien protegido resulta insignificante y no justifica movilizar toda la maquinaria del Estado para su juzgamiento.

Según detalló el letrado, la legislación procesal contempla la "disponibilidad de la acción penal", una herramienta que le permite al fiscal de instrucción prescindir de la investigación y evitar llevar a juicio causas menores. Esta medida busca evitar el despliegue inútil de personal, peritajes y trámites judiciales costosos, destinando esos recursos escasos a la persecución de delitos complejos o de mayor gravedad institucional.

Ante la inquietud de si esta facultad genera un escenario de impunidad, Pizarro fue categórico al señalar que el proceso está estrictamente regulado y no aplica para cualquier caso. La ley prohíbe de forma explícita este beneficio cuando los hechos son cometidos por funcionarios públicos, en el marco de la criminalidad organizada, o cuando median situaciones de violencia doméstica, de género o discriminación.

Asimismo, el especialista remarcó que tampoco se puede archivar la causa si el imputado cuenta con antecedentes penales, si fue favorecido previamente con una suspensión del juicio a prueba, o si utilizó a un menor de edad para cometer la falta. De este modo, la norma busca proteger a la sociedad de conductas reincidentes o abusivas que exceden la simple falta insignificante.

Por último, Pizarro destacó el rol garantista que se le otorga a la víctima en este esquema, quien no queda al margen de la decisión fiscal. El Ministerio Público tiene la obligación de notificar su resolución a la parte damnificada, dándole la oportunidad procesal de solicitar una revisión ante el Fiscal General o de asumir la querella de manera particular para continuar el juicio por su propia cuenta.